¿Sabes que la ley de autónomos ha sufrido cambios? No te preocupes, no serán efectivos hasta el próximo año. En este artículo te contamos cuáles han sido estos cambios.
- Nueva tarifa plana para autónomos
Se ha ampliado el periodo de duración de la tarifa plana para nuevos autónomos de seis meses a 1 año. Esta medida pretende que se fomente el trabajo autónomo y podrá solicitarse por aquellos que acrediten llevar sin cotizar al menos dos años.
- Sistema de altas/bajas
El autónomo podrá realizar hasta tres altas o bajas anuales haciéndose efectivas a partir de su fecha de solicitud y realización sin contabilizar el mes completo a la hora del pago de la cuota de autónomos.
- Cambios en la base de cotización
Se ampliarán de dos a cuatro los cambios en la base de cotización del autónomo. Por tanto, las fechas de implantación quedarían así:
- Aplicación de a partir del 1 de abril para las solicitudes realizadas entre el 1 de enero y 31 de marzo.
- Aplicación a partir del 1 de julio para las solicitudes realizadas entre el 1 de abril y 30 de junio.
- Aplicación a partir de 1 de octubre para las solicitudes realizadas entre 1 de julio y 30 de septiembre.
- Aplicación a partir del 1 de enero del siguiente año para las solicitudes realizadas entre 1 de octubre y 31 de diciembre.
- Recargos por el retraso por pago de cuota
Las penalizaciones por retrasos en el pago de la cuota quedará en un 10% en el primer retraso y en un 20% a partir del segundo.
- Bonificaciones a la maternidad
Durante el tiempo de baja por maternidad los padres y madres verán bonificada su cuota al 100%. Si la madre, tras el periodo de baja, no se incorpora sino que cesa su actividad podrá acogerse a la tarifa plana durante un año en caso de nueva alta en autónomos hasta 2 años después de la fecha del cese.
- Nuevas deducciones de vehículo y hogar
Se dará la opción de deducirse en un 20% los gastos de electricidad, gas y telefonía y en un 50% los del vehículo. Estos gastos deberán estar vinculados a la actividad, debidamente justificados con factura y contabilizados en el libro de ingresos y gastos.